Si en alguna ocasión habéis tenido que viajar fuera de vuestro centro de trabajo por motivos relacionados con el trabajo, seguramente habréis recibido las conocidas como dietas de viaje y gastos de locomoción, que de acuerdo con el reglamento, tienen carácter de retribuciones irregular, y como toda retribución esta sujeta a fiscalidad. En esta entrada vamos a ver cómo afectan al IRPF las dietas y los gastos de kilometraje.
Las dietas y gastos de viaje son una de las rentas exentas de tributar en el IRPF, cuando estas quedan satisfechas por la empresa al trabajador por locomoción y manutención y estancia en establecimientos de hostelería, si son consecuencia de un mandato empresarial para desempeñar las funciones del puesto de trabajo fuera del lugar habitual del mismo. Siempre y cuando estén dentro de los límites que establece el Reglamento del IRPF para las dietas y los gastos de desplazamientos.

Es decir, que siempre que el trabajador tenga que viajar por orden de la empresa fuera de su centro de trabajo para desempeñar laborales relacionadas con su trabajo, y que el desplazamiento se produzca a otro municipio donde no resida ni este localizado su centro de trabajo, y la empresa le retribuya los gastos generados por dicho viaje, estas retribuciones estarán exenta del IRPF, dentro de los límites que marca la normativa vigente.
A Cuánto Se Paga El Kilometraje En España? Informe Captio 2021
Estos límites los encontraremos recogidos en el artículo 9 del Reglamento del IRPF y resumidos en la página web de la AEAT que explica el modelo 100. las cuantías que sobrepasen dichos límites sí estarán sujetas a gravamen.
Respecto a las dietas que están exentas en el IRPF, se diferencia entre los gastos de manutención y los de estancia, siempre y cuando, tal y como recoge el art. 9 del Reglamento del IRPF sobre dietas y gastos de viaje, los gastos se produzcan en un municipio distinto al lugar de trabajo habitual y residencia habitual del trabajador.
Quedan exentas de IRPF las cantidades destinadas por la empresa a compensar los gastos devengados de la manutención y estancia en establecimientos de hostelería, siempre que no sobrepasen los 53, 34 euros diarios con pernocta dentro de territorio español y 91, 35 euros diarios en el extranjero. Para transportistas de mercancías por carretera, no hará falta justificación si los gastos de estancia no exceden los 15 euros diarios en España y 25 euros diarios en el extranjero.
Años Después La Dieta Sigue A 0,19€ El Km
Sin pernocta, estarán exentas las cantidades que no excedan de 26, 67 euros diarios en territorio español y 48, 08 euros diarios en el extranjero. Para el personal de vuelo, estas cuantías serán de 36, 06 euros diarios dentro de territorio español y 66, 11 euros diarios en el extranjero.
Si el desplazamiento y estancia supera los nueves meses continuados, no se podrá aplicar ninguna exención, de manera que en ese caso, las dietas estarán sujetas a retención del IRPF.
Los gastos de locomoción y kilometraje exentos de IRPF serán aquellos que la empresa satisfaga al trabajador cuando se produzcan desplazamientos fuera de la fábrica, taller, oficina, etc. donde se trabaje habitualmente.
Tipos De Gasto Personalizables
Los gastos por locomoción del empleado que se desplace fuera de su lugar habitual de trabajo en transporte público vendrán justificados por:
Quedará exenta la cantidad percibida por el empleado resultante de computar 0, 19 euros/kilómetro recorrido, siempre que quede justificada la realidad del desplazamiento. El exceso sobre esa cantidad justificada quedará sujeto a gravamen.
En 2021 y tras una sentencia del TEAC (Tribunal Económico Administrativo Central) para unificar criterio, se ha establecido que la justificación de los gastos de dietas y viajes deben ser aportados por la empresa o el pagador de la renta exenta y que el peso de prueba no recae entonces en el trabajador.
Firmada El Acta Para El Incremento Salarial De 2017 Del Xviii Convenio General De La Industria Química
Y es que el artículo 105.1 de la Ley General de Tributos y el artículo 9 del Reglamento del IRPF se contradecían en este punto. El primero ponía la carga de la prueba en el trabajador (era él el que tenía que aportar los justificantes del desplazamiento), mientras que el segundo la pone en la entidad pagadora. En la unificación de criterio, el TEAC entiende que es la entidad pagadora la que debe acreditar estos desplazamientos laborales, puesto que es la organizadora de la actividad económica, la que autoriza y supervisa la actividad de sus empleados. Si bien, no impide que el trabajador pueda seguir aportando los justificantes de manera voluntaria.
Aparte de los supuestos que hemos visto en los epígrafes anteriores, también existen una serie de casos especiales en cuanto al IRPF y la exención del impuesto en dietas y gastos de viaje.

Quedarán exentos las dietas y gastos de locomoción que perciban los trabajadores contratados específicamente para prestar sus servicios en empresas con centros de trabajo móviles o itinerantes (cuando las asignaciones correspondan a desplazamientos a municipio distinto del lugar de residencia habitual del contribuyente).
El Blog De Alberto Joven: ¿dietas En La Nómina? #laboral
Se entiende por empresa móvil o itinerante aquella que requiere un desplazamiento necesarios de los trabajadores al lugar donde se debe desempeñar la actividad.
En la letra b del artículo 9 del Reglamento del IRPF se establece que cuando los gastos no sean resarcidos a los trabajadores en una relación laboral especial de carácter dependiente, se les entregarán las siguientes cantidades:
Quedarán exentas de IRPF aquellas cantidades que se abonen al trabajador con motivo del traslado de puesto de trabajo a un municipio distinto cuando:
A Cuánto Se Paga El Precio Del Kilometraje En España?
Las cantidades percibidas por ser candidato a jurado, por los jurados titulares y suplentes como consecuencia del cumplimiento de sus funciones y las percibidas por los miembros de las mesas electorales están exentas del IRPF.
Esperamos que esta entrada sobre las dietas y el kilometraje en el IRPF os haya resultado de utilidad para saber qué cantidades de estos conceptos están exentas del impuesto. Pero si aún os quedan dudas, recordad que siempre podéis consultar con un buen asesor fiscal.El pago por kilometraje es, concretamente, la compensación económica que otorga una compañía a un empleado por utilizar su vehículo particular en los desplazamientos por negocios. Esta compensación económica por kilómetros recorridos debería ser proporcional a los siguientes costes:

Lo que no está incluido en el gasto dekilometraje son los peajes y el aparcamiento. Dos conceptos que deben incluirse como «nota de gastos» y haciéndose también cargo de ellos la compañía.
Cómo Evitar Inspecciones Por Las Dietas Y Los Gastos De Viajes
Siendo uno importante gasto para las empresas, establecer una «tarifa justa» para ambas partes no es nada fácil. Para empezar, la cifra a pagar no está regulada, por lo que han de ser las compañías quien establezcan la cifra y la refleje en el convenio colectivo.
Otra dificultad son la múltiples variables que influyen en el importe que debe percibir un empleado. Por ejemplo: la variable antigüedad del trabajador, el cargo/posición dentro de la empresa, la situación socio económica del entorno (coste de la vida) o los acordados por convenios sectoriales.
Y por estas razones, nos encontramos a empleados que pueden recibir máximas de hasta 0, 82 € por kilómetro, así como también empleados que pueden recibir mínimas de hasta 0, 05 € por kilómetro.
Km: El Precio Medio Del Kilometraje En Las Empresas Españolas
Sin embargo según la Agencia Tributaria en su página de Asignaciones para gastos de locomoción, propone la cantidad de 0, 19 euros porkilómetro recorrido, como límite de exención del gravamen y siempre que se justifiquen todos los gastos.
Por ejemplo, si la empresa paga el kilómetro a 0, 25 euros, estos 6 céntimos de diferencia sobre los 0, 19, sí tributan para hacienda como retribución para el empleado en el IRPF . Con una única excepción, cuando el desplazamiento se realiza en transporte público, en este caso, la cuantía está exenta al 100% de pagar IRPF aunque supere el límite de 0, 19 €/kilómetro

Por esta misma razón, nos encontramos empleados que pueden recibir máximas de hasta 0, 82 € por kilómetro, así como también empleados que pueden recibir mínimas de hasta 0, 05 € por kilómetro.
Csif Denuncia El Enriquecimiento Ilícito Del Gobierno A Costa De Los/las Empleados Públicos
Guipúzcoa y Navarra son provincias donde el límite del gravamen por Kilometraje se ha regulado a 0, 29 € /km. y 0, 32 €/km. respectivamente.
Por todo lo anterior, nos encontramos empleados que pueden recibir máximas de hasta 0, 82€ por kilómetro, así como también empleados que pueden recibir mínimas de hasta 0, 05€ por kilómetro.
En España y siguiendo los informes de empresas como Diners o Captio, el precio medio que pagan las empresas es de 0, 22 €/km. De los mismos estudios se desprende que apenas un 1% de las organizaciones españolas pagó en 2018 el kilómetro por encima de los 0, 41 euros x kilómetro.
Dietas Y Gastos De RepresentaciÓn. Ojo Al Tique
Las pequeñas empresas pagaron de promedio0, 24 euros/km. Con un importante descenso interanual respecto a los 0, 31 euros/km que pagaban en 2017.En cambio, las grandes empresas desembolsaron de media 0, 23 euros/kmy las empresas medianas a 0, 20 euros/km. Siguen siendo las pequeñas empresas las que mejor retribuyen los desplazamientos.
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